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Los Derechos humanos. Las tres generaciones del qué o del por qué

Introducción a debate de la sustancia de los derechos a través del texto de Maritain, J. “En los derechos del hombre”

Los derechos humanos vienen existiendo, deben existir y deberán seguir existiendo con pretensión de seguridad, libertad, voluntad individual y colectiva, aquella pretensión que cada uno de los ciudadanos del mundo sueña y al despertar ve real. Sin embargo, cualquier pretensión propia no se nutre de significado ni se concibe sin pretensiones normativas.

Maritain no busca la justificación teórica, aunque de forma pragmática hay un consenso sobre la necesidad de mínimos. La fundamentación teórica y las prácticas llevan a un disenso en la teoría y en la práctica.

Qué nuevos derechos aparecerán, quizás no debiera ser la pregunta. Por qué aparecen, preguntaría Maritain

La historia de los Derechos Humanos lleva a plantearnos su continuidad, como cualquier historia con inicio, desarrollo y fin, los derechos humanos tuvieron su inicio, siguen en desarrollo e incluso se busca marcar un fin, siempre con un nuevo inicio. Maritain matiza que ponernos de acuerdo si los Derechos Humanos dimanan del hombre o de un acuerdo es una cuestión que se puede e incluso debe aparcar, porque debemos centrarnos en las necesidades del orden práctico. Por tanto, no centrarse en el “qué”, si no en el “por qué”.

La Sustancia de los derechos se marca en el acuerdo de mínimos, aunque los hechos y relaciones pueden ser distinta.

Podemos observar, como si de un antropólogo se tratara, comunidades morales que no concuerdan con otras en la sustancia del derecho, comunidades que perciben la moralidad de forma distinta, por ejemplo amo-esclavo donde el arma será el concepto teórico conceptual.

Por lo tanto, ante la necesidad de llegar a un acuerdo de mínimos en la pretensión normativa, lleva a la percepción común del cómo nos relacionamos y sobretodo, qué no funciona en el orden de cosas y en el sistema de relaciones. La variabilidad de hechos históricos, conceptos, sujetos, necesidades, necesidades básicas, solidaridad, hasta llegar a las 3 generaciones de los Derechos Humanos que nuevamente nos introduce en la variable histórica.

La Primera generación de Derechos Humanos se define en los derechos de tipo civil-político, como el sufragio activo y pasivo. A partir de la crítica de las primeras declaraciones con Marx y otros socialistas del s.XIX, el bienestar, un salario digno y la seguridad social conforman la Segunda generación. La Tercera generación enmarca el derecho al medio ambiente, al desarrollo y la solidaridad intergrupal. Se enmarca así cada derecho humano en cada generación como un momento histórico. La clasificación de los derechos humanos con ingrediente de tipo histórico marca la historia y la existencia de derechos en distintas generaciones. Pero ¿generación no sugiere ser efímero?

Quizás encontremos más respuestas en la actual Cuarta generación marcada por la era de la digitalización. Qué nuevos derechos aparecerán, quizás no debiera ser la pregunta. Por qué aparecen, preguntaría Maritain.

Debemos centrarnos en las necesidades del orden práctico, por tanto, no centrarse en el “qué”, si no en el “por qué”