Procuradora de los Tribunales Body Wrapper

Servicios

Representación procesal & Procurador de los Tribunales

Procuradora de los Tribunales, licenciada en Derecho, ostenta la representación procesal de sus poderdantes ante los Juzgados y Tribunales de cualquier orden jurisdiccional. Nosotros como Procuradores garantizamos a cada poderdante el cumplimiento de la prestación de servicios como cooperadores de la Administración de Justicia e interlocutores entre los ciudadanos y los Órganos Judiciales. La intervención del Procurador en los procesos judiciales es preceptiva y obligatoria en los siguientes asuntos:

⃰ asuntos civiles, BOE, núm. 7, de 8 de enero de 2000, Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

⃰ asuntos penales, BOE-A-1882-6036, Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

⃰ ámbito laboral, la intervención del Procurador es facultativa.

⃰ jurisdicción contencioso-administrativa, BOE, núm. 167, de 14 de julio de 1998, Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

BOE núm. 305 de 21 de diciembre de 2002, Real Decreto 1281/2002, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España.

Apoderamiento apud acta

Poderdante y Procurador.

Procuradora de los Tribunales, colegiada 945 del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona, ostenta la representación procesal conforme al artículo 24 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

¿Cómo se designa mediante apoderamiento al Procurador?

El apoderamiento debe llevarse a cabo en el momento de presentación del primer escrito o con la interposición de la demanda, o bien, cuando el Juzgado requiere acreditar la representación procesal que se dice ostentar.

Dicho poder se puede conferir de las siguientes formas:

PRIMERO. Mediante apoderamiento electrónico con DNIe, certificado electrónico, Cl@ve Móvil, Cl@ve PIN o Cl@ve permanente, haciendo «click» en la Plataforma de identificación para las Administraciones.

Al acceder, aparecerá: Área de ciudadano, Apoderamiento Apud Acta, deberá seleccionar:

«(+) Nuevo».

En calidad de: seleccione «Poderdante».

Aparecerá para cumplimentar «Datos del poderdante», «Domicilio», Datos del apoderado-Tipo de profesional; Procurador. Número de colegiado; 945. Colegio; Barcelona. Seleccione «Añadir Apoderado».

√ Siguiente. En la siguiente pantalla, aparecerá: Tipo de apoderamiento.

Seleccione «Para cualquier actuación judicial» si el apoderamiento se otorga en el momento de presentación del primer escrito o con la interposición de la demanda. Se otorga poder general para pleitos conforme al artículo 25.1 Ley 1/2000 y, podrá, además, excluir del poder general actuaciones: por ejemplo, renuncia, transacción o el desistimiento.

Seleccione «Para un procedimiento» si el apoderamiento se otorga cuando el Juzgado requiere acreditar la representación procesal que se dice ostentar.

Puede establecer «Datos del procedimiento» que constarán en la Diligencia de ordenación notificada: por ejemplo, Provincia (Barcelona), Número de procedimiento (no puede tener menos de 7 caracteres, procedimiento 1483, indicará 0001483), Año (2024).

O puede seleccionar «NIG», número que aparece en la Diligencia de ordenación notificada.

√ Siguiente. En la siguiente pantalla, aparecerá: Vigencia del apoderamiento que otorga. Por ejemplo, fecha fin 06/09/2029. Podrá revocar o prorrogar el poder en el momento que precise.

√ Siguiente. En la siguiente pantalla, aparecerá: PDF Borrador de la declaración. Para finalizar, deberá clicar: Confirmar.

La inscripción del archivo electrónico de apoderamiento apud acta quedará registrado en las oficinas judiciales con acceso del Procurador haciendo «click» en la Carpeta Judicial.

SEGUNDO. Si no puede dar trámite al apoderamiento por medios electrónicos, debe acudir al Juzgado para la firma del Acta de apoderamiento apud acta en el plazo establecido, el día y hora asignado o mediante solicitud de cita previa.

La petición de cita previa en los Juzgados de Cerdanyola del Vallès, Cornellà de Llobregat, Mollet del Vallès, El Prat de Llobregat, Sant Boi de Llobregat o Santa Coloma de Gramenet, se realiza a través de la sede judicial electrónica de Cataluña haciendo «click» en la tramitación presencial con cita previa.

TERCERO. Si no puede dar trámite al apoderamiento electrónico ni firmar el Acta de apoderamiento en el Juzgado que lo requiere, puede acudir al Juzgado que tenga más próximo y solicitar firma de apoderamiento al Juzgado que esté en funciones De Guardia.

CUARTO. Finalmente, si no puede dar trámite al apoderamiento mediante las anteriores indicaciones, deberá otorgar apoderamiento mediante poder notarial.

Otorgado el apoderamiento siempre guarde una copia y envíe el documento a su Abogado o al Procurador joanna@procuradorajoanna.com. Presentaré escrito al Juzgado acompañando la copia del apoderamiento solicitado, a tal efecto, que quede constancia en autos que queda acreditada la representación procesal que se dice ostentar. El contenido del escrito, a modo de ejemplo, será el siguiente:

ESCRITO EVACUANDO REQUERIMIENTO APODERAMIENTO APUD ACTA

/disponible haciendo «click PDF escrito»/

Juzgado de Primera Instancia nº 01 de Barcelona

Procedimiento: juicio verbal (acción consumidores y usuarios art.250.1.12) 5702/2024-A

AL JUZGADO

Joanna Lagunowicz, Procuradora de los Tribunales, Colegiada 945 ICPB, en nombre y representación de Huissier de Justice, según tengo debidamente acreditado en los autos 5702/2024, ante el Juzgado comparezco y como mejor en derecho proceda, DIGO:

Que habiendo sido notificada Diligencia de ordenación de fecha 02.09.2024 a efectos de notificación 06.09.2024, por la que se requiere acreditar la representación procesal que se dice ostentar, mediante el presente escrito esta parte acompaña conforme DOC 1 apoderamiento apud acta otorgado en virtud del artículo 24 LEC, solicitando su unión a los presentes autos, a los efectos legales oportunos.

En su virtud,

AL JUZGADO SUPLICO: Que, tenga por presentado el presente escrito, lo admita, con documento que acompaña, y tenga a la Procuradora que suscribe por comparecida y parte en el procedimiento de referencia, acordando de conformidad.

En Barcelona, a 06 de septiembre de 2024